Debido a un reporte al CdJ de un jugador, en el que solicitaba nuestra interpretación sobre la cuantía de las multas de Anduar en relación a cierta ley, el CdJ ha considerado necesario explicar nuestra postura y futuros pasos en el tema.
La ley en cuestión es la Ley «Temeridad». La interpretación de la Ley daba a entender que la cuantía de cualquier multa se multiplicaba en función de la temeridad del infractor. Sin embargo, el General de Anduar, según hemos podido comprobar, aplicaba un criterio uniforme de no incluir en dicha multiplicación la cuantía de los equipos perdidos en las muertes. Por clarificarlo mejor, la fórmula aplicada era «Multa por el asesinato (teniendo en cuenta reincidencias) * Temeridad + Equipo»
La opinión del jugador que solicitó nuestra actuación es que, según la Ley, el equipo debería ser multiplicado con la temeridad, pero por lo que hemos podido comprobar, el General nunca multiplicó el equipo en la multa en casos anteriores, por lo que entendemos que su criterio está claro al respecto, y no ha existido ninguna ilegalidad que justifique nuestra intervención.
No obstante, hemos acordado dos medidas para evitar este tipo de situaciones en el futuro:
1) Solicitamos al General de Anduar que redacte nuevamente la Ley «Temeridad», haciéndola más clara y precisa.
2) A partir de ahora el General de Anduar deberá publicar en el tablón las multas, indicando los cálculos desglosados.
Esperamos que dichas medidas ayuden a evitar situaciones así en el futuro.
Deja tu comentario
Debe iniciar sesión para escribir un comentario.