11 de Cobe del 214 Era 3ª.
Tras semanas de discusión, los mercaderes de Anduar decidieron nombrar a Douko, el semi-elfo, primer General de la guardia de Anduar, y como añadido, le hicieron llegar esta misiva en la que explicitan el camino a seguir por la Guardia de Anduar y sus soldados los cruzados Nivrim.
Así pues, este Dogma es de obligado cumplimiento, y es lo primero que todo Nivrim o ciudadano que quiera campar libremente por Anduar, se preocupará en saber y conocer para saber sus derechos:

DOGMA DE LA GUARDIA DE ANDUAR:
– Puntos Básicos a Seguir:

1. Ante todo somos mercenarios. No creemos en ningún Dios ni tenemos ninguna ciudad que podamos llamar hogar. Solamente nos guiamos por una cosa: el sueldo.

2. Realizaremos el trabajo para el que se nos contrata: proteger la Ciudad Libre de Anduar de cualquier elemento que perturbe la Paz de la misma tomando como fin de nuestra jurisdicción las murallas externas de la ciudad (sin incluir las ruinas) así como las puertas (incluídas en nuestra jurisdicción).

3. Seremos correctos y educados con los visitantes pacíficos a la ciudad, dando una buena imagen de la ciudad que nos ha contratado.

4. Durante el servicio (véase dentro de Anduar), dejaremos de lado los temas personales como pueden ser conflictos con extranjeros o incluso con compañeros de la Guardia en aras de un mejor funcionamiento profesional de la Guardia. Esto implica que fueras de las horas de servicio (véase fuera de Anduar) cada cual decidirá saldar o no saldar sus propios asuntos de la forma que quiera siempre que no perjudique con ello a la Guardia ni a su buen funcionamiento.

5. Todo visitante a la ciudad de Anduar será considerado inocente hasta que se demuestre lo contrario.

6. El objetivo final de todo Nivrim debe ser la paz en Anduar y todo lo que beneficie a esta.
– El Cargo de General:

1. El General es el máximo dirigente de la Guardia de Anduar, esto implica que la persona que ostente el cargo tendrá que dar la cara por todos sus soldados, responsabilizarse de sus actos y dar las explicaciones pertinente a quien sea necesario por el bien de la Ciudad. A su vez tiene el poder para castigar dentro de la Guardia a quien crea conveniente siempre que dicho castigo esté justificado.

2. El General de la Guardia será un embajador de Anduar cuando visite otras ciudades y como tal tendrá que ser todo lo diplomático posible para conseguir los mayores beneficios para la paz. (Las otras ciudades deben elegir si lo verán como embajador o no, es decir, deben definir su postura ante los Nivrims).

3. El General deberá ser obedecido en todo momento cuando éste requiera soldados de apoyo en la ciudad, para una batida de caza de enemigos o para cualquier misión de aprovisionamiento que crea conveniente. En caso del incumplimiento de dichas órdenes el General contará con el poder para decidir que castigo dar a dicho Nivrim previa explicación de éste de las causas que propiciaron su desobediencia.
4. El matar a un soldado Nivrim fuera de las horas de servicio por asuntos personales se tomará como algo que perjudica a la Guardia en general y como tal será castigado por el General como éste crea oportuno, desde un simple perdón a x horas en el calabozo, una retirada del sueldo o incluso la expulsión de la Guardia.

5. Las quejas que cualquier visitante pueda tener con respecto al trato recibido o conflictos que se den con la Guardia se llevarán ante el General y, en caso que no esté presente en dicho momento se esperará a que dicho General se persone. (Lo remarco porque a los demás esto os implica mucho).

6. El General tendrá poder para designar líderes en los grupos de asalto o defensa que organice y estos solo deberán responder ante él de sus decisiones.

7. Todo soldado que quiera presentarse candidato al cargo de General deberá contar con un estatus de ciudadano dentro de Anduar como mínimo.

8. La última palabra a la hora de que la Guardia tome ciertas decisiones difíciles la tendrá el General, aunque a su vez sobre el caerá la responsabilidad de lo que la toma de dichas decisiones llegué a producir, tanto si las consecuencias son buenas como si son malas.
– Modus Operandi en Acto de Servicio:

1. Todo soldado deberá permanecer sobrio durante el acto de servicio.

2. Un soldado Nivrim estando de servicio no atacará a ningún visitante a menos que tenga suficientes razones para hacerlo. Tampoco atacará a ningún otro integrante de la Guardia. En caso contrario el General podrá castigar a dicho infractor con el castigo que crea conveniente según el altercado que haya tenido lugar después de evaluar las explicaciones de todos los implicados. En caso de que alguno se niegue a explicarse se considerará culpable por defecto.

3. En caso de combate dentro de la ciudad el procedimiento a seguir será el siguiente:

* Si no hay ningún Nivrim implicado:
1. Se avisará a los alborotadores de que cesen de inmediato o en su defecto que abandonen la ciudad y continúen fuera. Siempre de forma (más o menos) educada.
2. En caso de que continúen, todos los Nivrim disponibles que estén de servició deberán personarse en el lugar de los alborotos y detener el combate de inmediato.
3. Si los alborotadores después de esto reinciden, la Guardia podrá ejercer el derecho de intentar confiscar las armas a los implicados y echarlos de la ciudad haciendo uso de la fuerza pero evitando matar a cualquiera de los implicados en la medida de lo posible, una vez el conflicto termine los causantes obtendrán el estatus de huraños de la ciudad.

* Si hay algún Nivrim implicado:
1. Todo Nivrim disponible que se encuentre de servicio acudirá rápidamente a apoyar al compañero Nivrim. En caso de que el Nivrim al que el resto vayan a ayudar haya realizado una abuso de poder o atacado sin causa o argumento suficiente este será el único culpable ya que el resto solo acudieron en su ayuda, siendo a su vez el único que será castigado por infringir el código.

* Si el alborotador es enemigo de la ciudad:
1. Automáticamente se atacará a dicho enemigo con la intención de capturar o en última opción matar a dicho enemigo, pero no expulsarle de la ciudad ya que quedaría libre para volver a atacarla.
2. En caso de que el enemigo huya fuera de la jurisdicción de la Guardia, el General decidirá si se le persigue o no y, en caso de que el General no se encuentre presente cada soldado deberá tomar su propia decisión siempre que esta no supongo un riesgo para la ciudad. En caso de que sea el único Nivrim presente permanecerá en la ciudad para no dejarla desprotegida por completo.
3. En caso de que el enemigo cuente con ayuda de cualquier tipo estos serán considerados cómplices y por lo tanto esta permitido también el uso de la fuerza sobre ellos para expulsarles de la ciudad, y en caso de que persistan, para capturarles dejando como última posibilidad la muerte de dichos cómplices. Por supuesto todos obtendrán el estatus de enemigos.

4. En caso de robo dentro de la ciudad:
1. Si no se tienen pruebas concluyentes sobre el autor del robo siempre se considerará al acusado inocente en primera instancia.
2. En caso de que haya pruebas, se solicitará al ladrón que devuelva su botín y deje la ciudad en el menor tiempo posible siempre bajo vigilancia.
3. Si el ladrón se niega a devolver el botín queda autorizado el uso de fuerza sobre el para capturarle o expulsarle de la ciudad, solo se dará muerte al agresor en caso de extrema gravedad.
4. Una vez expulsado un ladrón contará con estatus de huraño de la ciudad.
5. En caso de que el ladrón sea capturado pasará en los calabozos del cuartel un determinado tiempo de juego y posteriormente será absuelto manteniendo su estatus de Anduar. (por hacer).

5. En caso de llevarse acabo hechizos o cualquier otra actividad ilegal dentro de la ciudad:
1. Una vez se cuenten con pruebas concluyentes de causante de dicha actividad se le dará un aviso de que dicha actividad es ilegal y se le solicitará que no vuelva a realizarla.
2. En caso de que el causante reincida se le invitará a que deje la ciudad.
3. Si el causante se niega a dejar la ciudad se podrá usar la fuerza para expulsarle o encerrarle en prisión.
– En caso de expulsión contará con estatus huraño de Anduar.
– En caso de captura pasara x tiempo en prisión y posteriormente será absuelto sin ningún cambio de estatus. En caso de reincidencia el tiempo x se verá incrementado.

6. En caso de queja sobre el comportamiento de algún soldado Nivrim por parte de algún visitante descontento este podrá presentar su caso via mudmail al General que procederá a iniciar una investigación sobre dicha acusación y en caso de considerar culpable a su soldado deberá tomar un castigo en consecuencia. Si el demandante no esta de acuerdo con el castigo podrá recurrirlo ante uno de los inmortales de mayor rango que administran el gremio: por ahora Ember y Neldan. La decisión que dichos inmortales finamente tomen será irreversible e inapelable por parte de los mortales.
– Modus Operandi Fuera de Servicio:

1. Fuera de servicio se considerará cuando el soldado Nivrim se encuentre fuera de su jurisdicción y no esté llevando a cabo ninguna misión encomendada por el General.

2. Las actividades que dicho soldado quiera llevar a cabo fuera de servicio serán de su total privacidad pero intentará que en ningún momento sean perjudiciales para la ciudad de Anduar ni para cualquier integrante de la Guardia. Si esto se produce y se tienen pruebas concluyentes sobre la autoría de los sucesos perjudiciales, el General podrá llevar a cabo el castigo que considere oportuno sobre dicho soldado dentro de unos limites razonables. Si el soldado no está de acuerdo con dicho castigo podrá recurrirlo ante uno de los inmortales de mayor rango que administran el gremio: por ahora Ember y Neldan. La decisión que dichos inmortales finamente tomen será irreversible e inapelable por parte de los mortales. (NOTA: La participación de los inmortales se reduce sólo a casos flagrantes de abuso. En cualquier otro caso, es decisión de los jugadores aclarar el tema).

3. En caso de encontrarse en problemas un compañero estando fuera de servicio, el resto de soldados tomarán por su cuenta la decisión de ayudarle si se encuentran también fuera de servicio. Si decidiesen no acudir en su ayuda no recibirán ningún tipo de reprimenda o castigo.

4. En caso de ser el único Guardia conectado, este se presentará en acto de servicio dentro de la ciudad en el menor periodo de tiempo posible.

– Siguiendo Ordenes Fuera de la Jurisdicción:

1. En caso de que el General solicite a algún soldado para llevar a cabo una misión fuera de la jurisdicción de la ciudad este aceptara sin rechistar y acudirá en el menor tiempo posible. En caso de no hacerlo el General podrá castigarle consecuentemente si dicha ausencia no esta justificada. El castigo solo podrá ser recurrido en última instancia a Ember y Neldan como en los casos anteriores.

2. Si el General elige un líder de grupo el resto de soldados deberán obedecer a dicho líder y este solo dará cuentas ante el General de sus decisiones.

3. Estando de misión se debe ser lo mas eficaz posible y evitar las distracciones y problemas ajenos a la misión para realizarla en el menor tiempo posible.

4. Si estando de misión algún soldado delatase o desertarse de ella sin justificación sería castigado.

5. En caso de que la misión tenga una orientación diplomática se deberá ser educados y respetuosos en todo momento con los habitantes de los dominios donde dicha misión se lleve a cabo.

6. El General elegirá a los soldados que crea más adecuados para cada misión siempre con el objetivo de que está se realice de la manera mas eficaz posible, pero el resto de soldados podrán presentarse voluntarios siempre que como mínimo queden dos de ellos en la ciudad o como caso extremo uno.

Firmado: Lord Comellas, en nombre de los mercaderes de la ciudad Libre de Anduar.

Ember, el Alquimista de Lan’Dugogh.
FE DE ERRATAS: Douko es humano, no semi-elfo. Perdonad al pobre Comellas, que ya chochea…

[Editado por Ember en 24-May-04 (12:12)]